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26 Enero 2008

manual del vigilante

MANUAL DE NORMAS DE CONVIVENCIA PARA LA VIGILANCIA DE VILLA MARGARITA 2007

Este documento resume los aspectos en los cuales puede estar involucrada la empresa de vigilancia. situaciones indeseables, el objetivo es prevenirlos.

Seamos conscientes, colaboradores, tolerantes Y respetuosos de los estatutos.

Son deberes de los habitantes de Villa Margarita:

· No ejecutar actos que perturbe la tranquilidad de los habitantes con ruidos y escándalos.

· La Pertenencia de Mascotas debe ser de acuerdo a la Ley canina del Gobierno Colombiano. Ley 746 del 2002:

No dejar animales caninos de tamaño mayor a 30 centímetros sueltos sin el respectivo bozal en ninguna de las zonas comunes de Villa Margarita. Pues esto genera temor especialmente en los menores de edad. Con el fin de evitar el desaseo con excremento animal, un canino deberá estar siempre acompañado de su amo quien debe portar una palita y una bolsa para recoger los excrementos en caso que se presenten. Cabe resaltar que los excrementos solo pueden ir a parar a la basura domiciliaria, en ningún momento en sitios públicos. Para los dos puntos anteriores, la Asamblea de Propietarios ha previsto sanciones de 5 hasta 10 días de salario mínimo. Articulo 108-C.

· No arrojar basuras ni ensuciar con excremento canino los bienes de los demás o a las áreas de uso común, o acumularlas perjudicialmente.

· No pueden tomar por costumbre dejar sus vehículos sobre la vía y menos sobre los andenes de los peatones. Su vehículo debe estar debidamente cerrado.

· Prevenir los robos, no dejando cosas de valor fuera de la vivienda o incurrir en cualquier situación que resulte atractiva para los delincuentes.

· No tomar por costumbre lavar y realizar reparaciones de los vehículos dentro del conjunto.

· Aportar la cuota mensual establecida para efectos de vigilancia y mantenimiento del conjunto. Pagar las cuotas extraordinarias aprobadas en Asamblea de Propietarios.

· Cuidar las zonas verdes, el baño, el cuarto de herramientas del parque, juegos y columpios para niños menores de 7 años, la mesa de juego y arcos de la cancha.

· Usar la llave del portón únicamente propietarios o residentes adultos de Villa Margarita.

· Respetar el sueño y la salud de los vecinos incondicionalmente, por tal razón, no pueden haber emisiones de música, voces fuertes, motores de carros o motos, ni cualquier otro ruido que pueda ser escuchado en las casas vecinas después de las 10:00 PM de Domingo a Jueves y después de la 12:00 PM de Viernes a Sábado. Esto está de acuerdo a la Resolución 8321 del 1983 del Ministerio de Salud.

· No se permite el ingreso de personas ajenas al conjunto con la excusa de comprar en las tiendas. Después de las 10: 00 p.m. de la noche las personas visitantes deberán ser acompañadas por un residente del conjunto.

· No se debe almacenar en las viviendas sustancias húmedas, inflamables o corrosivas que signifiquen peligro para la seguridad de la construcción y de los Propietarios.

· No se permite instalar cualquier maquinaria o equipo susceptible de causar daños a las instalaciones generales o de mortificar a los vecinos.

· No se permite destinar el bien de dominio exclusivo a usos contrarios a la moral y a las buenas costumbres, ni a fines prohibidos por la Ley o por las autoridades;

· No se debe parquear buses, camiones o volquetas y en general vehículos de más de dos (2) toneladas en los espacios públicos de Villa Margarita.

· Las casas y negocios deberán respetar las Leyes del Estado ( no expendio de licores, no sustancias inflamables, drogas)

· No se permite tender ropa en la fachada o ventanas de las casas de Villa Margarita.

Los habitantes de Villa Margarita colaborarán con las siguientes acciones:

· No entretenga al señor vigilante con charlas largas ni pidiendo colaboración con asuntos que puedan interferir con su labor de moverse por todo el conjunto.

· No salga ni permita que otros salgan por los lugares que han sido cerrados. Se considera que quienes lo hacen son intrusos y al infringir la norma entorpecemos el trabajo de vigilancia, además de dañar el encerrado. Cuando se trata del parque, salga solo por el portón. Sobre la llave, consulte con el señor Carlos Ruiz.

· Si necesita realizar alguna labor poco convencional después de las 10:00 de la noche o muy de madrugada, donde el vigilante pueda equivocadamente creer que se trata de un delincuente, por favor advierta al vigilante de manera anticipada al respecto.

· Sea tolerante, si usted está durmiendo y el vigilante le timbra debido a que usted ha dejado abierta la puerta o el vidrio del carro o ha detectado cualquier otra anomalía. Es su labor no solo vigilar sino la de prevenir los robos. No haga reclamos ni discuta con él, solo presente la queja a la Junta Directiva.

· La labor de vigilancia no recae exclusivamente en el señor vigilante, todos debemos ser sus colaboradores. En caso de una situación irregular, puede colaborar, llamando a la policía, al vigilante, tomando fotos, video, etc.

NORMAS PARA LOS VIGILANTES

· En caso de no presentarse ninguna irregularidad, realizar una ronda por toda la urbanización cada 20 minutos, permanecer el resto del tiempo en la entrada principal,

Prestando Atención de los carros y personas que ingresan al conjunto de día o de noche. Sin entretenerse con charlas.

· En caso de que los propietarios pretendan que el señor vigilante realice una actividad diferente a las de sus funciones, enseñarle de manera culta el manual de funciones.

· Cuando se requiera, colaborar con la Junta Directiva de Villa Margarita a repartir por las casas material informativo, encuestas y recaudo de la cuota mensual de vigilancia.

· Cerrar el portón con cadena y candado todos los días entre 10:00 P.M. y 5:00 A.M.

· No permitir la entrada de vendedores ambulantes, pordioseros, gamines, grupos de personas o personas extrañas que no residan en el conjunto.

· No permitir que los perros hagan excrementos en las zonas verdes y calles y deambulen sin dueño.

· No permitir que jóvenes se sienten en el columpio, rayen la mesa de juego o dañen los arcos, baño y cuarto de herramientas.

· No permitir que usen las fachadas de las casas como tendederos de ropa.

· No permitir el ingreso de vehículos pesados (camiones, volquetas, buses), excepto aquellos que obtengan la debida autorización de la Junta de Villa Margarita.

· No permitir ruidos y escándalos que interrumpan el sueño y la salud de los habitantes.

· Llevar un libro de registro sobre cualquier irregularidad que se vaya presentando.

· Durante las rondas por la urbanización analizar si existe alguna situación que resulte atractiva para los delincuentes, como vehículo con vidrios abajo o puertas abiertas, objetos valiosos dejados fuera de la casa, etc. Advertir de manera culta sobre esto al propietario y en caso de hacer caso omiso, registrar el evento.

· Hacer respetar los estatutos de Villa Margarita mediante llamado de atención apoyado en las normas mínimas publicadas en los sitios visibles, sin amenazas, pero con firmeza. En caso de ser desobedecido por los habitantes, pasar la notificación a la Junta.

· Informar a la Junta Administrativa cuando se ocupa y desocupa una casa pues, las personas que han tomado la vivienda en arriendo, en caso de trasteo deben estar a PAZ Y SALVO con la Asociación de Propietarios, lo cual se corrobora con la autorización que expide la Junta Directiva.

· Llevar una planilla para controlar el ingreso de personas y carros visitantes en el conjunto.

· Notificar a la Junta Directiva cualquier irregularidad que se presente en la Urbanización.

· En caso de una situación de peligro solicitar apoyo inmediatamente a la central.

· Colaborar con la Junta Directiva para el cumplimiento de las normas de convivencia.

· El vigilante debe asegurarse que los niños no jueguen en las calles, hagan ruido y se les debe decir que usen el parque para jugar.

· El vigilante debe hacer cumplir los ESTATUTOS aprobados en La Asamblea de Propietarios

PROCEDIMIENTO ACORDADO PARA QUE LA EMPRESA DE VIGILANCIA COOPERE CON EL PROCESO DE RECAUDO MENSUAL

  1. La tesorera entrega un paquete de recibos suficientes al vigilante, numerados y con sello y registra el evento en su planilla de control interno, donde firma el vigilante. También, entrega un listado con las casas que deben ser visitadas.
  2. El vigilante cobra, entrega el recibo con su propia firma. En caso de dudas por parte del residente visitado, se le muestra el poder que tiene o se le ofrecen los datos de contacto para que constate la seriedad del poder. El evento es registrado en la planilla de control de DINA POWER.
  3. Al final del día, el vigilante entrega a la tesorera o a una de sus auxiliares el monto recaudado, la tesorera registra el evento en su planilla de control y revisa que todo esté en orden. Igualmente, el vigilante registra el evento en la planilla de DINA POWER. En caso, de no encontrar a ninguna de las personas encargadas de tesorería, podrá acudir a otro miembro de la Junta pero debe comunicárselo al día siguiente al tesorero.
  4. En caso de un recibo mal elaborado, este se anula pero no se rompe ni se bota, el evento se registra en la planilla de DINAPOWER.
  5. El vigilante tendrá una bonificación por la labor de recaudos ($ 1000 por cada casa).
  6. El vigilante debe asegurarse que los propietarios o residentes estén a PAZ Y SALVO en el momento de hacer cambios domiciliarios.

NORMAS PARA LA EMPRESA DE VIGILANCIA

· Comprometerse a colaborar a través de los vigilantes para hacer cumplir los estatutos de convivencia establecidas en Villa Margarita

· Ampliar el servicio a medida que se mejoren los recaudos

· Garantizar el apoyo armado rápido (en un lapso no mayor a 10 minutos) al vigilante en caso de presentarse una situación de peligro.

· Presentar mensualmente los recibos donde se demuestra el pago a los vigilantes de sueldo y los servicios establecidos por ley.

Acepto las tareas asignadas

______________________________________

Firma C.C

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